Política
Tras robar más de $90 millones en una casa en Allen, el plan se desmoronó y los detuvieron, pero el dinero no aparece

Caminaron la noche del 5 de abril último tomados de la mano. Cuando se despidieron, cada uno tomó su rumbo. Estaban en cercanías del domicilio de la víctima elegida. Alrededor de las 22, Karen Diana Peralta golpeó la ventana de una casa ubicada en la calle San Luis al 150 de Allen. La mujer le había avisado al dueño de la vivienda que pasaría esa noche a cobrarle la limpieza que había hecho en el salón de eventos del hombre. Cuando el propietario abrió la puerta para pagarle los 30 mil pesos acordados, apareció un joven armado que empujó a la mujer y golpeó al hombre.
Una vez en el interior de la casa, el delincuente le ordenó a Peralta dirigirse al baño y quedarse allí, mientras amenazaba a la víctima con cortarle los dedos y matarlo si no le entregaba el dinero.
Con un cordón, trató de atar al dueño de la vivienda, que se resistió. Hubo un forcejeo. La víctima le aplicó un golpe de puño al asaltante. El anillo que tenía en uno de sus dedos marcó la frente del delincuente. En medio de los gritos, la mujer regresó al hall de la vivienda y trató de golpear al ladrón, para que liberara a la víctima.
El ladrón se marchó con 90 millones de pesos, que eran para pagar sueldos, una billetera marrón que tenía 1.500 dólares, otros 250 mil pesos y un cheque por 3.870.000 millones de pesos. También, se apropió del celular de la víctima.
La mujer se quedó en el domicilio para asistir a la víctima, mientras llegaba la Policía. El personal policial hizo el procedimiento de rutina. El damnificado radicó la denuncia y relató el traumático momento que había pasado. Hasta ese instante, la mujer había sido otra víctima del asaltante. Con el paso de las horas, surgieron las dudas. Y el plan que hasta ese momento era casi perfecto, comenzó a desmoronarse lentamente, según la teoría de la fiscalía.
Las sospechas
Dos días después del robo, la Brigada de Investigaciones Judiciales comenzó a atar cabos y las sospechas cayeron sobre la mujer. El dueño de la vivienda amplió la denuncia y señaló indicios que le llamaron la atención en el comportamiento de la mujer a la que conocía porque realizaba tareas de limpieza en su salón.
El hombre planteó que se trató «de una entrega». Esa esa asociación porque no era común que Peralta vaya a cobrar en ese horario nocturno.
A partir de las evidencias recolectadas, los investigadores determinaron que el autor del robo había sido la pareja de Peralta. Una cámara de seguridad instalada en las cercanías del domicilio donde ocurrió el robo, captó a la pareja mientras caminaban de la mano y cuando se separaron y siguieron caminos distintos.
Un allanamiento clave
El 8 de abril último, la Policía allanó con orden judicial el domicilio de Peralta, en Allen. Allí, encontró numerosas compras: zapatillas, celulares, ropa, zapatos y caloventores y otros artículos. Según las boletas incautadas, las compras fueron hechas tras el robo y pagadas en efectivo.
También, secuestraron la cartera de la mujer, donde había 2.728.340 pesos. La sospechosa explicó que había ganado un premio suculento en el casino. La detuvieron junto a su pareja, Matías Adrián Rojas, y secuestraron toda la mercancía. Algunas compras estaban en sus cajas sin abrir. Pero no hallaron los dólares ni los 90 millones de pesos.
La teoría de la fiscalía
Así lo relató la fiscal adjunta Laura Olea en la audiencia de formulación de cargos que se hizo el viernes por zoom. Olea estuvo acompañada por la fiscal jefa Teresa Giuffrida. Mientras que los imputados fueron asistidos por la defensora pública Verónica Cardozo.
La fiscalía calificó el hecho atribuido a Peralta y Rojas como un robo calificado por el uso de arma impropia y los imputó en carácter de coautores. Y pidió a la jueza de garantías Natalia González, que dirigió la audiencia, que habilite la investigación del caso por un plazo de cuatro meses.
Olea indicó las evidencias recolectadas hasta ahora para sostener la imputación, como la denuncia y la ampliación de esa denuncia por parte del damnificado, los informes de la Brigada de Investigaciones y Criminalística. Señaló el golpe que Rojas presentaba casualmente en la frente.
La postura de la defensa
La defensora se opuso a la formulación de cargos por falta de pruebas que incriminen a sus asistidos. Y puso en duda la credibilidad de la declaración de la víctima.
Dijo que Rojas declaró que tras separarse de Peralta la noche del 5 de abril último, se fue a visitar a un amigo. Y consideró que la mujer había ofrecido una explicación sobre el origen del dinero que tenía en la cartera. Mencionó a la jueza que habían pedido al Casino las grabaciones de las cámaras de seguridad para corroborar la versión de Peralta, pero que aún no tenían esa información.
“Si bien se trata de un hecho delictivo muy grave, no hay elementos que permitan la imputación ni aún con la provisoriedad de la formulación de cargos para Peralta y Rojas”. Verónica Cardozo, defensora penal pública
Olea replicó que las compras que Peralta había hecho eran por sumas importantes. Y observó que aún así tenía casi 2,8 millones de pesos en su cartera. Recordó además que un familiar de la mujer se presentó en la fiscalía para entregar dos celulares nuevos que la imputada le había regalado en estos días, porque temía quedar involucrada en la causa.
Tras escuchar a la fiscalía y la defensa, la jueza expresó que había situaciones de las propias declaraciones de los imputados «que hacen pensar que la fiscalía está bien orientada».
Indicó la evidencia de las cámaras que grabaron a la pareja antes del robo y en cercanías del domicilio del damnificado. «La lesión que tiene Rojas se condice con la acusación», observó.
Tuvo en cuenta el comportamiento de los sospechosos en el domicilio donde ocurrió el robo. Y la cantidad de elementos secuestrados y los montos pagados en efectivo. Y advirtió que en el domicilio de Peralta, los investigadores hallaron una billetera marrón que fue reconocida por la víctima.
La formulación de cargos se presenta como razonable en esta instancia . Las inconsistencias que la defensa observa podrán ser trabajadas en la investigación preparatoria».Natalia González, jueza de garantías
La discusión por la prisión preventiva
La fiscalía solicitó a la jueza Natalia González la prisión preventiva por cuatro meses para Karen Peralta y Matías Rojas. Advirtió los riesgos procesales de entorpecimiento de la investigación, porque aún no aparece gran parte del dinero que se robó del domicilio de la víctima.
También, advirtió el riesgo de fuga. Dijo que el dinero puede estar oculto y lo “pueden usar para huir del país” si recuperaban la libertad. “Al estar en libertad pueden influir en las víctimas y testigos, lo que afectaría el curso de la investigación”, insistió la fiscal jefa Teresa Giuffrida.
Dijo que aún faltan medidas de prueba, como la apertura de los celulares incautados.
Falta mucho dinero que encontrar y no sabemos si hay otras personas involucradas”.Teresa Giuffrida, fiscal jefa de Roca
La defensora pública Verónica Cardozo propuso la prisión domiciliaria con dispositivo electrónico. Dijo que la mujer estaba con un tratamiento médico. También, alegó que tenía a su cargo a dos adolescentes que viven con ella.
La fiscalía «acreditó los riesgos procesales y que, por el momento, la prisión preventiva es la única medida capaz de neutralizar de manera cierta y efectiva los riesgos procesales argüidos. Por eso, voy a disponer la prisión preventiva de Karen Peralta y Matías Rojas por cuatro meses», resolvió la jueza.
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Severa advertencia del STJ por la intervención irregular de la fiscal Cendón en una causa de abuso
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro hizo una fuerte advertencia por la intervención que tuvo la fiscal jefa de Bariloche Betiana Cendón, en una entrevista con una niña víctima de abuso, cuya consulta quedó excluida como evidencia en contra del imputado en la causa.
El máximo tribunal rionegrino advirtió que la fiscal “se apartó de los estándares legales y convencionales que rigen la recepción de testimonios de personas menores de edad en procesos por delitos contra la integridad sexual”. Y puso en conocimiento de esta situación al procurador general, Jorge Crespo, para que analice el caso y determine las responsabilidades funcionales.
El hecho quedó en evidencia en el recurso de queja que la defensora penal pública de Bariloche Blanca Alderete presentó ante el STJ tras la denegatoria del Tribunal de Impugnación (TI) de la provincia a un recurso que pretendía que el máximo tribunal rionegrino controlara una decisión del TI.
Alderete recordó que el 22 de agosto del 2025, el juez de garantías de Bariloche Ricardo Calcagno admitió los cargos que la fiscalía formuló contra un hombre por abuso sexual simple. El magistrado habilitó la investigación por un plazo de cuatro meses, pero no admitió como prueba la declaración de la menor víctima. Calcagno dispuso como medida cautelar al imputado la fijación y mantenimiento del domicilio y del teléfono hasta la finalización del proceso.
La defensa del imputado interpuso varios recursos para revocar esa resolución de Calcagno, pero no logró su objetivo. Por eso fue con una queja ante el STJ.
Betiana Cendón, fiscal jefa de Bariloche,. Foto: archivo.
La queja de la defensora oficial que llegó al STJ
Alderete cuestionó la formulación de cargos luego de que el juez de garantías declarara la nulidad de la entrevista realizada a la menor en sede fiscal, “por haber sido recibida sin las garantías legales (sin intervención de la defensa, sin dispositivo de Cámara Gesell, con preguntas sugestivas por parte de la señora Fiscal Jefa Betiana Cendón)”.
Alderete planteó que la acusación “se apoya estructuralmente en esa declaración invalidada, configurándose una “paradoja jurídica” en tanto se excluye la prueba por ilegal, pero se mantienen los cargos que derivan de ella”. Añadió que el “TI omitió analizar la aplicación de la teoría del fruto del árbol envenenado y no explicó cuál sería la evidencia autónoma que sustenta la acusación”.
Sostuvo que “el agravio es actual y no hipotético, porque la entrevista ya produjo una contaminación irreversible del relato de la niña y afectó de modo definitivo la espontaneidad del testimonio, conforme estándares científicos y jurisprudenciales invocados”.
Por eso, solicitó al STJ que se haga lugar a la queja, se deje sin efecto la decisión del TI “y se declare la nulidad de la formulación de cargos, o subsidiariamente se ordene dictar un nuevo pronunciamiento que brinde tratamiento integral y fundado a los agravios constitucionales expuestos”.
Los jueces desestimaron la queja
Sin embargo, los jueces del STJ Sergio Barotto y Sergio Ceci y sus pares Liliana Piccinini y Cecilia Criado desestimaron la queja de la defensora porque no cumplió “con varios de los requisitos de admisibilidad establecidos por este Superior Tribunal de Justicia mediante Acordada N° 9/23, en vigencia a partir del 1 de septiembre de 2023”. Ricardo Apcarián, presidente del STJ, se abstuvo. El fallo lo dictaron el 2 de marzo pasado y se publicó en la página web del Poder Judicial de la provincia.
Para el STJ, la defensa no aportó “argumentos nuevos ni novedosos en su impugnación extraordinaria más que declamaciones subjetivas sobre supuestas afectaciones a garantías constitucionales y convencionales -principalmente sobre el acto que fue anulado y excluido-, pero no se hace cargo de arrimar elementos que permitan inferir, mínimamente, los extremos que denuncia y la arbitrariedad del acto denegatorio”.
“Vale remarcar que en lo que respecta a la alegada nulidad de la entrevista practicada a la menor en sede fiscal, el planteo defensivo tampoco puede prosperar”, afirmaron los jueces.
“La resolución del Juez de Garantías fue clara al disponer que dicha declaración no sería considerada como sustento de la formulación de cargos, de modo que la apertura formal de la investigación no se fundó en ese acto procesal sino en la descripción fáctica efectuada por el Ministerio Público Fiscal y en los elementos preliminares que habilitan el inicio de la etapa penal preparatoria”, destacaron.
“En tal contexto, no se verifica la supuesta contradicción que la Defensa denomina “paradoja jurídica”, pues la prueba cuestionada fue excluida” por el juez de Garantías, añadió el STJ. Y recordó que “la crítica, así planteada, parte de una premisa inexacta y no logra conmover la validez del acto impugnado, dado que, puntualmente, la Fiscalía toma conocimiento respecto del hecho a partir de la denuncia realizada por el padre de la víctima”.
Cendón «se apartó de los estándares legales»
“Sin perjuicio de lo hasta aquí expuesto -y aun cuando el agravio defensivo no resulte atendible en esta instancia- no puede soslayarse que la nulidad declarada respecto de la entrevista practicada a la menor en la sede fiscal evidencia una actuación que se apartó de los estándares legales y convencionales que rigen la recepción de testimonios de personas menores de edad en procesos por delitos contra la integridad sexual”, señalaron Baroto, Ceci, Piccinini y Criado.
“La especial protección que el ordenamiento impone en estos supuestos exige el estricto cumplimiento de la normativa y de los protocolos vigentes, tanto en resguardo de las garantías del imputado como de la integridad psíquica y de la dignidad de la víctima”, observaron. Y citaron doctrina fijada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación “en el precedente CSJ 971/2024/RH1 “G., L. R. c/ J. A. S. s/ abuso sexual agravado por el vínculo” de fecha 10 de febrero de 2026, donde se sostuvo que la sola exhortación no constituye respuesta suficiente frente a falencias graves en la actuación de los operadores del sistema”.
“Este Cuerpo (por el STJ) estima necesario poner en conocimiento de la Procuración General lo aquí advertido, a efectos de que se analicen las circunstancias que rodearon la irregular práctica del acto procesal y, eventualmente, se determinen las responsabilidades funcionales que pudieran corresponder y se adopten las medidas correctivas pertinentes, reafirmando así el deber institucional de asegurar una administración de justicia diligente, eficaz y respetuosa de los derechos en juego”, demandó el STJ.
Política
Otoño es época de alergias: como minimizar su efecto en los ojos
Por Dra. Betty Giselle Arteaga*, especial para Estar Bien, la multiplataforma de bienestar de RÍO NEGRO.
El otoño no es sólo momento de ver a los árboles perder sus hojas. Para algunos es sinónimo de un cuadro molesto que se repite año tras año en desmedro de su calidad de vida: el de la alergia ocular.
A las personas alérgicas el estallido del polen de las plantas y las esporas de los hongos que se multiplican en esta estación del año le declaran la guerra a su superficie ocular. Aún se siguen realizando actividades al aire libre que permite que éstos entren en contacto con las mucosas de los ojos, nariz, y pulmones.
Las alergias de los ojos, llamadas conjuntivitis alérgicas, son una condición común que ocurre cuando los ojos reaccionan a algo que les irrita (alérgeno). Los ojos producen una sustancia llamada histamina para combatir el alérgeno. Como resultado, los párpados y la conjuntiva – la membrana delgada que recubre el interior de los párpados y la parte blanca del ojo (esclerótica) – se tornan rojizos e hinchados, y producen comezón, lagrimeo y ardor. A diferencia de la conjuntivitis bacteriana o viral, la conjuntivitis alérgica no se transmite de persona a persona.
Por lo general, las personas que sufren de alergias de los ojos también sufren de alergias nasales, las cuales son acompañadas de congestión nasal, comezón en la nariz y estornudos. Usualmente, es una condición temporal, asociada con las alergias estacionales. Sin embargo, en otros casos, las alergias de los ojos pueden desarrollarse por exposición a irritantes ambientales, tales como caspa de mascotas, el polvo, el humo, los perfumes, o inclusive alimentos. Si la exposición es continua, las alergias pueden ser más severas, produciendo ardor y comezón significativos e incluso sensibilidad a la luz.
¿Qué puedo hacer?, medidas de protección:
Evite lo evitable: La clave para el tratamiento de alergias de los ojos es evitar o limitar el contacto con la sustancia que causa el problema. Si fuese necesario, un profesional puede realizar una prueba cutánea o de sangre para ayudar a identificar alérgenos específicos.
Controle su entorno: Para ayudar a minimizar la exposición al polen y otros agentes irritantes mantenga las ventanas cerradas cuando se encuentre en interiores. No utilice ventiladores de ventana, ya que éstos pueden traer polen y otros alérgenos hacia áreas interiores. Mantenga sus unidades de aire acondicionado limpias para evitar ciclos de alérgenos. Si el moho le causa alergias, recuerde que la humedad alta puede causar el crecimiento de moho. Trate de mantener el nivel de humedad en su casa entre un 30 y un 50 por ciento. Limpie las áreas de alta humedad como sótanos, baños y cocinas con frecuencia, y considere el uso de un deshumidificador en lugares particularmente húmedos.
Manténgase atento al clima: Los recuentos de polen tienden a ser más bajos durante y después de las lluvias porque el polen se elimina por lavado. Los días ventosos, sin embargo, pueden ser irritantes porque se libera más polen en el aire, lo que aumenta la oportunidad de contacto con los ojos, la nariz y los pulmones.
Observe el reloj: Si el polen es un alérgeno para usted, evite salir al aire libre tanto como sea posible cuando los índices de polen sean más altos (en general, a media mañana y temprano en la tarde) y cuando sopla el viento levante polen a su alrededor.
Lentes de contacto: Acote su uso si tiene una conjuntivitis alérgica estacional, particularmente cuando hay evidencia de enfermedad subyacente del ojo seco. Si esto no es posible consulte al especialista por medicación que mejore la tolerancia a los mismos.
Ponga barreras: El uso de anteojos o gafas de sol puede reducir la posibilidad de que el polen entre al ojo. Hay que evitar frotar los ojos aunque piquen, ya que ésto puede mantener el ciclo alérgico. Aplique lágrimas artificiales para limpiar el polen de los ojos. Todo lo que ponga en el ojo para la conjuntivitis alérgica debe estar refrigerado. Las máscaras frescas para los ojos también pueden ser calmantes.
Mascotas: Si las mascotas son una fuente de alergias para usted, trate de mantenerlas fuera de la casa en cuanto sea posible. Es especialmente importante no permitir el ingreso a un animal doméstico en su dormitorio, de modo que usted pueda dormir en una habitación libre de alérgenos. No use alfombras, ya que estas atrapan la caspa dejada por sus mascotas. Lávese siempre las manos después de tocar a un animal doméstico y lave la ropa que ha sido expuesta a los animales.
Lávese y lave lo que lo rodea: Lavándose el cabello por la noche reduce la posibilidad de una exposición prolongada al polen mientras duerme. Use frazadas especiales para reducir los alérgenos en su cama – especialmente en las almohadas – y así mantener los ácaros del polvo alejados de su piel. Lave su ropa de cama con frecuencia, usando agua caliente. Al limpiar sus pisos, en lugar de utilizar una escoba, use un trapo húmedo para atrapar los alérgenos.
Recuerde que existen diversas líneas de tratamiento médico para ayudarle a sobrellevar estos cuadros, consulte al especialista para determinar qué tratamientos son los mejores para usted.
* Dra. Betty Giselle Arteaga – M.N. 112049 – M.P. 332301 | Médica de Planta, Servicio de Oftalmología del Hospital Italiano de Buenos Aires. Mail de contacto: betty.arteaga@hospitalitaliano.org.ar
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