{"id":3990,"date":"2026-02-23T03:39:07","date_gmt":"2026-02-23T06:39:07","guid":{"rendered":"https:\/\/noticiasdeangostura.com.ar\/politica\/cambia-el-regimen-de-emision-de-comprobantes-fiscales\/"},"modified":"2026-02-23T03:39:07","modified_gmt":"2026-02-23T06:39:07","slug":"cambia-el-regimen-de-emision-de-comprobantes-fiscales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticiasdeangostura.com.ar\/?p=3990","title":{"rendered":"Cambia el r\u00e9gimen de emisi\u00f3n de comprobantes fiscales"},"content":{"rendered":"<p> <br \/>\n<\/p>\n<p>Por Dayana Rivarola (Larrondo, Tonelli &amp; Asoc.)<\/p>\n<p>La Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n General 5824\/2026, introdujo modificaciones de fondo en el r\u00e9gimen general de emisi\u00f3n de comprobantes, que reforma la hist\u00f3rica Resoluci\u00f3n General 1415\/2003.<\/p>\n<p>El objetivo es simplificar la confecci\u00f3n de las declaraciones juradas de IVA e Impuesto a las Ganancias, mediante la optimizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n disponible en las bases de datos del organismo.<\/p>\n<p>Para tal fin, una de las medidas m\u00e1s importante es la eliminaci\u00f3n de las excepciones de emitir comprobantes que ten\u00edan ciertos sujetos, lo cual, durante a\u00f1os, gener\u00f3 zonas grises en materia de facturaci\u00f3n y control.<\/p>\n<p>La norma ya se encuentra vigente desde su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial, el pasado 13 de febrero, aunque sus principales disposiciones ser\u00e1n obligatorias para operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2026.<\/p>\n<p>Menos excepciones, m\u00e1s control<\/p>\n<p>Uno de los ejes de la resoluci\u00f3n es la eliminaci\u00f3n de diversas excepciones a la obligaci\u00f3n de emitir comprobantes.<\/p>\n<p>Dejan de estar exceptuados a facturar, entre otros:\u00b7Directores y autoridades societarias por honorarios.\u00b7Abogados y peritos que perciban retribuciones judiciales.\u00b7Entidades financieras y aseguradoras.\u00b7Administradoras de tarjetas de cr\u00e9dito y compra.\u00b7Entidades de medicina prepaga.\u00b7Instituciones educativas privadas.<\/p>\n<p>Desde el punto de vista t\u00e9cnico, la medida ampl\u00eda la base de operaciones registradas electr\u00f3nicamente y fortalece la trazabilidad fiscal. En t\u00e9rminos pr\u00e1cticos, implica que sectores hist\u00f3ricamente exceptuados deber\u00e1n adecuar sus sistemas y procedimientos de facturaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nace la \u201cLiquidaci\u00f3n electr\u00f3nica mensual\u201d<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n incorpora una nueva figura: el comprobante de liquidaci\u00f3n electr\u00f3nica mensual.Este instrumento permitir\u00e1 que determinados contribuyentes, como entidades financieras, compa\u00f1\u00edas de seguros, administradoras de tarjetas, instituciones educativas privadas y entidades de medicina prepaga, puedan emitir un \u00fanico comprobante electr\u00f3nico mensual por cliente, en lugar de documentar cada operaci\u00f3n individual.<\/p>\n<p>\t\t\t\t\t5824\/26<br \/>\n\t\t\t\t\tLa Resoluci\u00f3n General con la que ARCA introdujo modificaciones en el r\u00e9gimen de emisi\u00f3n de comprobantes. <\/p>\n<p>El comprobante podr\u00e1 emitirse hasta el \u00faltimo d\u00eda de cada mes y deber\u00e1 ponerse a disposici\u00f3n del receptor dentro de los diez d\u00edas corridos posteriores.<\/p>\n<p>Desde el punto de vista operativo, la medida simplifica la facturaci\u00f3n en sectores con gran volumen transaccional. Desde el punto de vista fiscal, concentra y ordena la informaci\u00f3n para su procesamiento sist\u00e9mico.<\/p>\n<p>Cambios en la identificaci\u00f3n del consumidor final<\/p>\n<p>Otro aspecto relevante es la actualizaci\u00f3n del monto a partir del cual resulta obligatorio identificar al adquirente en operaciones con consumidores finales.<\/p>\n<p>Cuando el importe de la operaci\u00f3n sea igual o superior a $10.000.000, deber\u00e1 consignarse DNI, CUIL o CDI. Por otro lado, e independientemente del monto, cuando el comprador requiera el comprobante para computarlo como una deducci\u00f3n en el Impuesto a las Ganancias, ser\u00e1 obligatoria la identificaci\u00f3n con CUIT.<\/p>\n<p>Esta modificaci\u00f3n apunta a evitar la utilizaci\u00f3n de comprobantes emitidos a \u201cconsumidor final\u201d como respaldo de deducciones fiscales sin identificaci\u00f3n formal del sujeto.<\/p>\n<p>Puntos de venta y actividad econ\u00f3mica<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n tambi\u00e9n introduce ajustes en la gesti\u00f3n de puntos de venta. Los contribuyentes deber\u00e1n informar ante el organismo fiscal el c\u00f3digo identificatorio de cada punto de emisi\u00f3n de comprobantes, tanto al inicio de actividades como al habilitar nuevos locales o al dar de baja puntos de venta. <\/p>\n<p>La eliminaci\u00f3n de excepciones a la obligaci\u00f3n de facturar no s\u00f3lo fortalece el control fiscal. Tambi\u00e9n reduce los m\u00e1rgenes de informalidad. <\/p>\n<p>La norma fija plazos espec\u00edficos para comunicar altas y cierres, proh\u00edbe reutilizar puntos de venta dados de baja y exige mantener actualizados los domicilios vinculados en el Sistema Registral.<\/p>\n<p>Asimismo, se habilita la posibilidad de vincular cada punto de venta con alguna de las actividades econ\u00f3micas declaradas en el Sistema Registral, opci\u00f3n que est\u00e1 disponible desde el 1 de Julio de 2026.Este cruce entre facturaci\u00f3n y actividad declarada permitir\u00e1 una segmentaci\u00f3n m\u00e1s fina de la informaci\u00f3n en las bases de datos del organismo.<\/p>\n<p>Avance en la automatizaci\u00f3n de las declaraciones fiscales<\/p>\n<p>Desde una perspectiva estructural, la reforma se enmarca en una tendencia clara: desarrollar un esquema de \u201cfactura electr\u00f3nica total\u201d y consolidar bases de datos cada vez m\u00e1s integradas para que permitan, en el mediano plazo, sistemas de determinaci\u00f3n impositiva preliquidados o de tipo proforma.<\/p>\n<p>La eliminaci\u00f3n de excepciones a la obligaci\u00f3n de facturar no s\u00f3lo fortalece el control fiscal, sino que tambi\u00e9n reduce los m\u00e1rgenes de informalidad, especialmente en sectores de servicios de alta atomizaci\u00f3n, donde hist\u00f3ricamente existieron zonas grises en materia de registraci\u00f3n y respaldo documental.<\/p>\n<p>A partir del 1 de julio de 2026 comenzar\u00e1 a medirse el impacto real de estas modificaciones. Mientras tanto, empresas y profesionales deber\u00e1n anticiparse y revisar sus procesos internos para adaptarse al nuevo esquema.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Dayana Rivarola (Larrondo, Tonelli &amp; Asoc.) La Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n General 5824\/2026, introdujo modificaciones de fondo en el r\u00e9gimen general de emisi\u00f3n de comprobantes, que reforma la hist\u00f3rica Resoluci\u00f3n General 1415\/2003. 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