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Le dispararon en la cabeza y el acusado quedó libre: el fallo que sacude a Cipolletti



Dos hermanos resultaron gravemente heridos tras una disputa entre bandas en el barrio Anai Mapu. La Justicia sobreseyó al acusado por el disparo en la cabeza y lo condenó en suspenso por el segundo ataque.

La disputa entre dos bandas en el barrio Anai Mapu de Cipolletti, que el año pasado dejó a dos hermanos gravemente heridos a balazos, terminó en la Justicia con un resultado que generó impacto: el principal acusado quedó en libertad y no irá preso por los hechos más graves.

Los episodios más críticos se registraron a comienzos de mayo, en medio de una escalada de violencia entre grupos de jóvenes enfrentados. Según la investigación, el conflicto tenía como protagonistas a un sector liderado por Alan Jesús Fernández y otro encabezado por los hermanos VS y JES, quienes resultaron heridos.

Dos ataques que pusieron en riesgo la vida de los hermanos

El primer hecho ocurrió en la madrugada del 4 de mayo, minutos después de la 1:30. De acuerdo a la acusación inicial, Fernández habría llegado en un Volkswagen Bora armado con una pistola 9 milímetros, acompañado por otras personas no identificadas. Tras descender del vehículo, se dirigió hacia los hermanos que estaban en la vereda y efectuó un disparo en la cabeza de VS.

La bala le provocó una fractura de cráneo que puso en serio riesgo su vida. Fue trasladado al hospital Pedro Moguillansky, donde debió ser sometido a una cirugía de urgencia.

Dos días después, el 6 de mayo entre las 22 y 22:30, JES también fue baleado cuando estaba frente a su vivienda. El disparo impactó en el muslo izquierdo y el proyectil realizó un recorrido interno que le generó una lesión intestinal grave, que requirió intervención quirúrgica y la colocación de una bolsa de colostomía.

Por ambos hechos, Fernández fue imputado por homicidio en grado de tentativa agravado por el uso de arma de fuego, además de lesiones graves agravadas y portación no autorizada.

Juicio abreviado y cambio en la acusación

La causa avanzó a juicio, pero a fines de diciembre la fiscal Alejandra Altamira y el defensor Michel Rischmann informaron al juez Guillermo Baquero Lazcano que habían alcanzado un acuerdo de juicio abreviado.

En relación al primer ataque, la fiscal solicitó el sobreseimiento al considerar que las pruebas reunidas no permitían acreditar la autoría. Un menor que declaró en cámara Gesell afirmó que no logró ver quién efectuó el disparo. Además, se destacó que el proyectil recuperado, aunque deformado, se presumió que era calibre 22 largo y no 9 milímetros, como se había indicado inicialmente.

La fiscal sostuvo que, ante la imposibilidad de incorporar nuevas evidencias, no se pudo acreditar que Fernández fuera el autor del disparo en la cabeza.

Respecto del segundo hecho, la investigación determinó que Fernández conducía la motocicleta tipo Tornado, pero que el disparo fue efectuado por el acompañante, cuya identidad no fue establecida. Incluso la propia víctima señaló que quien disparó no fue Fernández.

Aun así, el imputado aceptó haber participado en ese episodio y acordó una pena de un año y cuatro meses de prisión en suspenso, más pautas de conducta por dos años, que incluyen la prohibición de contacto y de acercamiento a la víctima en un radio de 100 metros.

Libertad inmediata

El juez homologó el acuerdo, sobreseyó a Fernández por el intento de homicidio y lo condenó por el segundo hecho bajo la modalidad de prisión en suspenso. Tras la audiencia, ordenó su inmediata libertad, ya que se encontraba cumpliendo prisión preventiva en el Establecimiento de Ejecución Penal 5 de Cipolletti.

También dispuso la restitución del Volkswagen Bora secuestrado durante la investigación a su propietaria.