Ultimas Noticias
Transfemicidio de Azul Semeñenko: excluyeron una perito y el caso irá a jurado popular

El caso por el transfemicidio de Azul Semeñenko será juzgado por un jurado popular. Además, excluyeron una perito de la defensa y su informe.
El caso por el transfemicidio de Azul Semeñenko avanzó este lunes en Neuquén con dos decisiones relevantes durante el control de acusación: un juez de garantías excluyó a una perito ofrecida por la defensa y declaró inválido su informe, mientras que habilitó que el acusado R.D.S. sea juzgado por un jurado popular.
La resolución fue adoptada por el juez de garantías Juan Guaita a partir de planteos realizados por la Fiscalía durante la audiencia. El tribunal ciudadano estará integrado por 16 personas, de las cuales 12 serán titulares y cuatro suplentes, y deberá determinar la responsabilidad penal del acusado.
La perito cuestionada por la Fiscalía
Uno de los principales planteos estuvo relacionado con una mujer presentada por la defensa como perito para elaborar un dictamen médico sobre el imputado. La Fiscalía cuestionó que contara con el título habilitante necesario para ejercer esa función y que pudiera acreditar su idoneidad profesional.
Durante la audiencia, la fiscal del caso Guadalupe Inaudi presentó documentación con la que buscó demostrar que la mujer no contaba con el título que había sido informado previamente por la defensa. También incorporó un informe del Registro Nacional de Reincidencia en el que figuran dos condenas firmes relacionadas con el ejercicio ilegal de la medicina, la usurpación de título y el uso de documentación pública falsa.
A partir de esos elementos, Guaita consideró que existían fundamentos suficientes para excluir a la mujer como perito. El juez también sostuvo que la defensa había sido advertida con anterioridad sobre los cuestionamientos vinculados con el título habilitante y la matrícula, por lo que descartó que el planteo de la Fiscalía hubiera sido realizado de mala fe.
Como consecuencia, el informe presentado por la mujer fue declarado inválido y no podrá ser considerado como una pericia dentro del proceso.
La documentación aportada durante la audiencia fue remitida a la Fiscalía de Delitos Económicos para determinar si pudo existir algún delito. Se trata de una investigación independiente de la decisión adoptada en el control de acusación: la prueba fue excluida porque la persona presentada como perito no reunía las condiciones necesarias para que su informe pudiera ser considerado una pericia.
Qué se sabe del crimen de Azul Semeñenko
Según la acusación de la Fiscalía y la querella particular, R.D.S. asesinó a Azul Semeñenko, una mujer trans, durante la madrugada del 25 de septiembre de 2025.
De acuerdo con la teoría del caso, ambos llegaron al domicilio del acusado después de que R.D.S. la abordara mientras ofrecía servicios sexuales en la vía pública. Allí, la víctima fue atacada con elementos contundentes y sufrió al menos 25 heridas provocadas con un arma blanca.
La acusación sostiene que el ataque incluyó lesiones defensivas y provocó una hemorragia interna masiva como consecuencia de heridas que afectaron el corazón y la aorta torácica. Para la Fiscalía, el crimen fue cometido con violencia de género y por odio a la identidad de género de la víctima, además de haber existido ensañamiento.
Después del asesinato, el cuerpo fue envuelto en una lona y atado con alambres. Según la acusación, R.D.S. lo trasladó hasta un canal de desagüe ubicado sobre calle Pergamino, donde finalmente fue encontrado el 14 de octubre de 2025, en avanzado estado de putrefacción.
El delito atribuido al acusado es homicidio triplemente calificado por ensañamiento, por odio a la identidad de género y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, en los términos del artículo 80, incisos 2, 4 y 11 del Código Penal.
Un planteo sobre violencia de género
Durante la misma audiencia, el fiscal jefe Agustín García planteó además una situación relacionada con una mujer que mantuvo una relación de pareja con el acusado durante aproximadamente cinco años.
Según explicó la Fiscalía, durante una entrevista realizada el 13 de marzo, la mujer había relatado episodios de violencia física y psicológica sufridos durante esa relación y brindado información que, para los investigadores, resulta relevante para acreditar el contexto de violencia de género atribuido a R.D.S.
Posteriormente, luego de entrevistarse con la defensa, la mujer manifestó su intención de acogerse al artículo 190 del Código Procesal Penal. Frente a esa situación, García solicitó que pudieran incorporarse al proceso sus declaraciones realizadas durante la investigación, al considerar que podían aportar elementos relevantes para el jurado sobre el vínculo y el contexto de violencia.
El juez rechazó el pedido y resolvió que la mujer deberá ser citada al juicio. Una vez allí, podrá volver a invocar la facultad prevista en el artículo 190 o declarar, según corresponda.
La Fiscalía dejó planteada una reserva de impugnación sobre esta decisión.
Con la resolución adoptada este lunes, el proceso queda encaminado hacia un juicio por jurados en el que 12 ciudadanos titulares y cuatro suplentes deberán analizar la prueba que finalmente sea admitida y determinar si el acusado es responsable penalmente por el crimen de Azul Semeñenko.





