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Política

Cobre y transición energética: el nuevo mapa minero de Argentina y Chile 

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El cobre volvió a ocupar un lugar central en la agenda minera global. Según proyecciones de BHP, una de las principales compañías mineras del mundo, la demanda de este metal podría crecer un 70% hacia 2050, hasta superar las 50 millones de toneladas anuales. 

La transición energética, la electrificación del transporte y la expansión de las redes eléctricas impulsan esta exigencia: sólo hasta 2035, el mundo necesitará sumar alrededor de un millón de toneladas adicionales de cobre por año, un ritmo de crecimiento sin precedentes. China lidera el ránking mundial de consumo de cobre: concentra el 60% del mercado. 

Este nuevo escenario vuelve a poner a Sudamérica en el centro del mapa del cobre. Mientras Chile consolida su liderazgo histórico como principal productor mundial, Argentina comienza a posicionarse como un actor con alto potencial, apalancado en una cartera de proyectos de clase mundial que podrían entrar en producción entre 2027 y 2030. 

Para Grupo Calidra, proveedor regional de cal para la industria minera, este panorama abre desafíos y oportunidades tanto en un mercado maduro como el chileno, como en uno emergente como el argentino. 

Argentina: el cobre como oportunidad estratégica 

A diferencia de Chile, donde la minería de cobre cuenta con más de un siglo de desarrollo, Argentina se encuentra en una etapa previa de diseño, exploración, evaluación y puesta en marcha de grandes proyectos. Sin embargo, el potencial es significativo y despierta el interés de las principales compañías mineras del mundo. Según un informe de la CAEM (Cámara Argentina de Empresas Mineras), Argentina ocupa el 8º lugar en el ranking de inversión mundial en exploración en cobre. 

San Juan concentra algunos de los desarrollos más relevantes, como Vicuña -resultado de la integración de Josemaría y Filo del Sol-, El Pachón y Los Azules, todos ellos con estudios avanzados y, en varios casos, con evaluaciones de impacto ambiental aprobadas. A esos proyectos se suman los de Taca Taca en Salta, PSJ en Mendoza, y la posible reactivación de Minera Agua Rica Alumbrera (MARA), en Catamarca, que podría volver a producir a partir de 2027. 

El contexto internacional acompaña este proceso. La demanda global de cobre muestra una tendencia creciente -empujada por el crecimiento de la energía limpia- mientras los precios exhiben señales de recuperación. 

En paralelo, herramientas como el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) buscan mejorar la competitividad del país y generar condiciones más atractivas para inversiones de largo plazo. Los proyectos de cobre más avanzados permiten estimar inversiones por casi 20.000 millones de dólares, según el informe de la CAEM. 

Infraestructura, capital humano y marco regulatorio 

Desde la mirada de los proveedores, el desarrollo del cobre en Argentina presenta tres grandes desafíos. El primero es la infraestructura. Caminos, logística, transporte y capacidad instalada deberán escalar para acompañar proyectos de gran volumen y larga vida útil, en regiones donde todavía existen brechas importantes. 

El segundo desafío está vinculado al capital humano. La magnitud de los emprendimientos demandará profesionales, técnicos y operarios calificados, especialmente en las provincias donde se concentrarán las operaciones. La formación y la capacitación serán claves para sostener el crecimiento del sector. 

El tercer eje es el marco normativo y ambiental. La previsibilidad regulatoria resulta fundamental para destrabar inversiones y avanzar en la construcción de proyectos. En ese sentido, la evolución del esquema legal será determinante para que Argentina pueda aprovechar la ventana de oportunidad que abre el cobre. 

“Argentina está frente a una oportunidad histórica con respecto al cobre. La combinación de proyectos de gran escala, demanda global sostenida y un contexto internacional que prioriza los minerales críticos crea un escenario muy favorable. El desafío ahora es transformar ese potencial en producción concreta, con previsibilidad, infraestructura y proveedores preparados para acompañar ese crecimiento en el largo plazo”, sostiene Juan Pablo Otero, Representante Comercial de Calidra Argentina. 

Chile: liderazgo, eficiencia y nuevos desafíos 

Mientras Argentina se prepara para iniciar un nuevo ciclo, Chile continúa siendo el principal productor mundial de cobre y un mercado altamente exigente para toda la cadena de proveedores. Lejos de estancarse, la industria chilena atraviesa un proceso permanente de renovación, expansión de faenas y optimización operativa. 

Uno de los cambios más relevantes de los últimos años es la incorporación de plantas desaladoras para abastecer de agua a las operaciones mineras. Hoy, gran parte de la minería chilena opera total o parcialmente con agua desalada, reduciendo la presión sobre las fuentes continentales y elevando los estándares ambientales de la actividad. 

En este nuevo esquema, la cal cumple un rol clave, no solo en los procesos tradicionales de la minería del cobre, sino también en el tratamiento químico del agua, desde la remineralización posterior a la ósmosis inversa hasta el ajuste de pH y la estabilidad del agua de proceso. 

El rol de Calidra como proveedor regional 

En Chile, Grupo Calidra abastece de cal viva a algunas de las principales operaciones de cobre con volúmenes significativos. Además de esa confiabilidad logística, su experiencia en operaciones maduras le permite desarrollar soluciones integrales como asistencia en plantas de lechada, presencia técnica en sitio y estándares estrictos de calidad y seguridad. 

“Hoy el foco en Chile está puesto en la eficiencia operativa, la gestión del agua y el cumplimiento de estándares ambientales cada vez más altos. Por eso, los insumos y proveedores deben adaptarse a procesos más complejos y a una demanda técnica creciente”, sostiene Matías Pérez, Representante Técnico Minería de Calidra Chile. 

Este know how resulta estratégico de cara al futuro del sector en Argentina, donde los proyectos demandarán proveedores con capacidad técnica, escala industrial y visión de largo plazo. 

Cal, sostenibilidad y transición energética 

En la producción de cobre, la cal cumple un rol técnico transversal que impacta en la eficiencia del proceso. “En el tratamiento de minerales sulfurados, se utiliza para regular el pH y optimizar la flotación, deprimir especies no deseadas como la pirita e inactivar contaminantes como el arsénico antes de la fundición”, explica Laura Correa, Gerente de Investigación y Desarrollo de Calidra Argentina. 

“Además, interviene en la captura de gases y la neutralización de efluentes industriales. Mientras que en los minerales oxidados, su uso es clave para la remediación del drenaje ácido de mina, contribuyendo a una operación más sustentable”, agrega Correa. 

Más allá de su función estrictamente productiva, la cal tiene un impacto ambiental positivo en la minería del cobre. Participa activamente en la neutralización de efluentes, la captura de gases contaminantes y la inertización de metales pesados, ayudando a reducir emisiones, proteger los recursos hídricos y mejorar el desempeño ambiental de las operaciones. 

En tiempos donde la sostenibilidad se consolida como un requisito central para el desarrollo de nuevos proyectos, la cal se afirma como un aliado clave de una minería cada vez más responsable y alineada con los desafíos de la transición energética. 

Para Grupo Calidra, este nuevo marco implica acompañar a la industria con soluciones técnicas, calidad de producto y una mirada regional integrada, aportando valor tanto en mercados consolidados como en aquellos que están por despegar.

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Política

Quién era el hombre que murió en Rincón de los Sauces: investigan al conductor de una trafic que habría ocasionado el accidente

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Lo que inicialmente se reportó como un autovuelco sobre Ruta 5 dio un giro tras los peritajes. La fiscal Rocío Rivero, de Neuquén, inició una investigación por homicidio culposo contra el conductor de una trafic que habría provocado el vuelco fatal de un Peugeot 308 en la zona de la “Bajada El Caracol”, entre Añelo y Rincón de los Sauces.

La víctima fue identificada como Nicolás David Sánchez, un hombre de Rincón de los Sauces que murió en el acto tras perder el control de su auto al intentar esquivar al transporte que venía de frente.

La hipotesis de la Fiscalía: maniobra prohibida y fuga

De acuerdo a la reconstrucción preliminar del Ministerio Público Fiscal (MPF), el siniestro ocurrió cerca de las 8:25 del domingo bajo una mecánica negligente:

El minibús Mercedes Benz Sprinter circulaba hacia Rincón de los Sauces y habría intentado pasar a varios camiones en un sector de subida, señalizado con doble línea amarilla.

El conductor del Pegueot 308, que venía en sentido contrario, se vio obligado a tirarse a la banquina para evitar el choque frontal. Al hacerlo, el Peugeot 308 volcó violentamente. Tras el hecho, el chofer del minibús —que trasladaba a un grupo de niños hacia un partido de fútbol— continuó su marcha sin detenerse a auxiliar a la víctima.

Una persecución civil y detención en Rincón de los Sauces

El chofer de la combi fue interceptado 10 kilómetros más adelante por un testigo presencial que, tras ver el accidente, persiguió al transporte para obligarlo a detenerse. Desde ese punto, ambos se dirigieron a la Comisaría 35 de Rincón de los Sauces.

La fiscal Rivero dispuso el secuestro del minibús y ordenó la detención inicial del conductor. Aunque el test de alcoholemia dio negativo, el hombre fue notificado del inicio de la causa y recuperó la libertad supeditada a los resultados de la pericia accidentológica y la autopsia del cuerpo de Sánchez.

El operativo conjunto entre las comisarías de Añelo y Rincón ahora se centra en recolectar las pruebas que confirmen la dinámica del impacto. La fiscalía espera los informes del Cuerpo Médico Forense para avanzar con la formulación de cargos contra el transportista en las próximas horas.

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Ministra de Figueroa cruzó al senador frutícola | Diariamente Neuquén

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Severa advertencia del STJ por la intervención irregular de la fiscal Cendón en una causa de abuso

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro hizo una fuerte advertencia por la intervención que tuvo la fiscal jefa de Bariloche Betiana Cendón, en una entrevista con una niña víctima de abuso, cuya consulta quedó excluida como evidencia en contra del imputado en la causa.

El máximo tribunal rionegrino advirtió que la fiscal “se apartó de los estándares legales y convencionales que rigen la recepción de testimonios de personas menores de edad en procesos por delitos contra la integridad sexual”. Y puso en conocimiento de esta situación al procurador general, Jorge Crespo, para que analice el caso y determine las responsabilidades funcionales.

El hecho quedó en evidencia en el recurso de queja que la defensora penal pública de Bariloche Blanca Alderete presentó ante el STJ tras la denegatoria del Tribunal de Impugnación (TI) de la provincia a un recurso que pretendía que el máximo tribunal rionegrino controlara una decisión del TI.

Alderete recordó que el 22 de agosto del 2025, el juez de garantías de Bariloche Ricardo Calcagno admitió los cargos que la fiscalía formuló contra un hombre por abuso sexual simple. El magistrado habilitó la investigación por un plazo de cuatro meses, pero no admitió como prueba la declaración de la menor víctima. Calcagno dispuso como medida cautelar al imputado la fijación y mantenimiento del domicilio y del teléfono hasta la finalización del proceso.

La defensa del imputado interpuso varios recursos para revocar esa resolución de Calcagno, pero no logró su objetivo. Por eso fue con una queja ante el STJ.

Betiana Cendón, fiscal jefa de Bariloche,. Foto: archivo.

La queja de la defensora oficial que llegó al STJ

Alderete cuestionó la formulación de cargos luego de que el juez de garantías declarara la nulidad de la entrevista realizada a la menor en sede fiscal, “por haber sido recibida sin las garantías legales (sin intervención de la defensa, sin dispositivo de Cámara Gesell, con preguntas sugestivas por parte de la señora Fiscal Jefa Betiana Cendón)”.

Alderete planteó que la acusación “se apoya estructuralmente en esa declaración invalidada, configurándose una “paradoja jurídica” en tanto se excluye la prueba por ilegal, pero se mantienen los cargos que derivan de ella”. Añadió que el “TI omitió analizar la aplicación de la teoría del fruto del árbol envenenado y no explicó cuál sería la evidencia autónoma que sustenta la acusación”.

Sostuvo que “el agravio es actual y no hipotético, porque la entrevista ya produjo una contaminación irreversible del relato de la niña y afectó de modo definitivo la espontaneidad del testimonio, conforme estándares científicos y jurisprudenciales invocados”.

Por eso, solicitó al STJ que se haga lugar a la queja, se deje sin efecto la decisión del TI “y se declare la nulidad de la formulación de cargos, o subsidiariamente se ordene dictar un nuevo pronunciamiento que brinde tratamiento integral y fundado a los agravios constitucionales expuestos”.

Los jueces desestimaron la queja

Sin embargo, los jueces del STJ Sergio Barotto y Sergio Ceci y sus pares Liliana Piccinini y Cecilia Criado desestimaron la queja de la defensora porque no cumplió “con varios de los requisitos de admisibilidad establecidos por este Superior Tribunal de Justicia mediante Acordada N° 9/23, en vigencia a partir del 1 de septiembre de 2023”. Ricardo Apcarián, presidente del STJ, se abstuvo. El fallo lo dictaron el 2 de marzo pasado y se publicó en la página web del Poder Judicial de la provincia.

Para el STJ, la defensa no aportó “argumentos nuevos ni novedosos en su impugnación extraordinaria más que declamaciones subjetivas sobre supuestas afectaciones a garantías constitucionales y convencionales -principalmente sobre el acto que fue anulado y excluido-, pero no se hace cargo de arrimar elementos que permitan inferir, mínimamente, los extremos que denuncia y la arbitrariedad del acto denegatorio”.

“Vale remarcar que en lo que respecta a la alegada nulidad de la entrevista practicada a la menor en sede fiscal, el planteo defensivo tampoco puede prosperar”, afirmaron los jueces.

“La resolución del Juez de Garantías fue clara al disponer que dicha declaración no sería considerada como sustento de la formulación de cargos, de modo que la apertura formal de la investigación no se fundó en ese acto procesal sino en la descripción fáctica efectuada por el Ministerio Público Fiscal y en los elementos preliminares que habilitan el inicio de la etapa penal preparatoria”, destacaron.

“En tal contexto, no se verifica la supuesta contradicción que la Defensa denomina “paradoja jurídica”, pues la prueba cuestionada fue excluida” por el juez de Garantías, añadió el STJ. Y recordó que “la crítica, así planteada, parte de una premisa inexacta y no logra conmover la validez del acto impugnado, dado que, puntualmente, la Fiscalía toma conocimiento respecto del hecho a partir de la denuncia realizada por el padre de la víctima”.

Cendón «se apartó de los estándares legales»

“Sin perjuicio de lo hasta aquí expuesto -y aun cuando el agravio defensivo no resulte atendible en esta instancia- no puede soslayarse que la nulidad declarada respecto de la entrevista practicada a la menor en la sede fiscal evidencia una actuación que se apartó de los estándares legales y convencionales que rigen la recepción de testimonios de personas menores de edad en procesos por delitos contra la integridad sexual”, señalaron Baroto, Ceci, Piccinini y Criado.

“La especial protección que el ordenamiento impone en estos supuestos exige el estricto cumplimiento de la normativa y de los protocolos vigentes, tanto en resguardo de las garantías del imputado como de la integridad psíquica y de la dignidad de la víctima”, observaron. Y citaron doctrina fijada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación “en el precedente CSJ 971/2024/RH1 “G., L. R. c/ J. A. S. s/ abuso sexual agravado por el vínculo” de fecha 10 de febrero de 2026, donde se sostuvo que la sola exhortación no constituye respuesta suficiente frente a falencias graves en la actuación de los operadores del sistema”.

“Este Cuerpo (por el STJ) estima necesario poner en conocimiento de la Procuración General lo aquí advertido, a efectos de que se analicen las circunstancias que rodearon la irregular práctica del acto procesal y, eventualmente, se determinen las responsabilidades funcionales que pudieran corresponder y se adopten las medidas correctivas pertinentes, reafirmando así el deber institucional de asegurar una administración de justicia diligente, eficaz y respetuosa de los derechos en juego”, demandó el STJ.

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