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Causa planes sociales: la Justicia rechazó frenar la audiencia y avanza la nueva determinación de penas

El juez Juan Pablo Encina rechazó suspender la audiencia de cesura en la causa por los planes sociales y dio 10 días para ofrecer pruebas.
La causa por la estafa con planes sociales en Neuquén tendrá una nueva instancia para determinar las penas de los condenados. Este miércoles, el juez de garantías Juan Pablo Encina rechazó el pedido de las defensas para suspender los plazos y ordenó avanzar con la audiencia de cesura, luego de que el Tribunal de Impugnación incorporara el delito de asociación ilícita a la calificación legal de los hechos.
La decisión del Tribunal de Impugnación, adoptada en agosto, había revocado la absolución por asociación ilícita y confirmado la responsabilidad de las 12 personas condenadas por administración fraudulenta agravada. Además, ordenó realizar un nuevo juicio de determinación de la pena teniendo en cuenta la nueva calificación.
A partir de ese fallo, las defensas presentaron recursos de impugnación ante el Tribunal Superior de Justicia y solicitaron que la resolución fuera revisada por otro tribunal. Con ese argumento, plantearon ante el juez de garantías que se suspendiera la audiencia de cesura hasta que esos recursos fueran resueltos.
Encina ordenó ofrecer pruebas en 10 días
El juez Juan Pablo Encina rechazó el planteo y dispuso que las partes tendrán 10 días para ofrecer las pruebas que utilizarán en la nueva audiencia de determinación de la pena.
En su resolución, explicó que el artículo 23 del Código Procesal establece que la instancia de impugnación debe desarrollarse después de la imposición de la pena, que constituye la segunda etapa del mismo juicio.
Según el magistrado, realizar primero la audiencia de cesura permite que una eventual impugnación posterior pueda abarcar de manera integral tanto la condena como la pena. En ese sentido, sostuvo que la realización de la audiencia no elimina ni demora el derecho de las defensas a revisar las decisiones adoptadas durante el proceso.
La postura del juez se basa en que la nueva audiencia no implica reabrir el debate sobre la responsabilidad ya establecida, sino determinar las consecuencias penales a partir de la nueva calificación jurídica fijada por el Tribunal de Impugnación.
Ahora deberán fijar la audiencia de cesura
Una vez que finalice el plazo de 10 días para el ofrecimiento de pruebas, Encina ordenó a la Oficina Judicial que fije la fecha de la audiencia de determinación de la pena.
En agosto, el Tribunal de Impugnación había dispuesto que los 12 condenados fueran considerados responsables también por asociación ilícita, además de la administración fraudulenta agravada por la que ya habían sido condenados. Por ese cambio, dejó sin efecto las penas que habían sido determinadas en diciembre de 2025 y ordenó realizar una nueva audiencia para establecerlas.
Las defensas cuestionaron ahora la decisión de Encina y algunos de los abogados anticiparon que impugnarán la resolución. Todos, además, dejaron planteada la reserva para recurrir eventualmente ante la instancia federal extraordinaria.
De esta manera, la causa continuará hacia la etapa destinada exclusivamente a establecer las nuevas penas, mientras permanecen pendientes los planteos de las defensas contra las decisiones adoptadas durante el proceso.







