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Crimen de Juan Caliani: el pedido que hizo la fiscalía ante la maniobra dilatoria de la defensa



El fiscal de Delitos Juveniles solicitó al Tribunal de Impugnación que ratifique las penas de 6 y 9 años de prisión efectiva impuestas a los jóvenes declarados responsables por el homicidio del trabajador de AM Cumbre. La defensa había apelado el fallo para intentar reducir las condenas.

El pedido de justicia por Juan Caliani en las inmediaciones del Poder Judicial. Foto archivo.

El Ministerio Público Fiscal de Neuquén solicitó que se confirmen las penas impuestas a los dos adolescentes condenados por el homicidio del periodista de AM Cumbre, Juan Caliani. El pedido fue realizado este jueves por el fiscal de Delitos Juveniles, Germán Martín, durante una audiencia ante el Tribunal de Impugnación.

La instancia judicial se abrió a partir de un recurso presentado por la defensa de los jóvenes, que buscó una reducción de las condenas fijadas en diciembre pasado. Frente a ese planteo, el fiscal sostuvo que el fallo debe mantenerse por la consistencia jurídica de la sentencia y por la gravedad del hecho.

Durante su exposición, Martín señaló que “la sentencia es justa, razonada, proporcional y detallada, y cuenta con un sólido apoyo técnico, doctrinario y jurisprudencial”. En ese sentido, remarcó que el pronunciamiento del juez se apoyó en un debate oral que se extendió durante diez días y en el que declararon más de 50 testigos.

El representante del Ministerio Público Fiscal también sostuvo que los argumentos presentados por la defensa carecen de coherencia y no logran desvirtuar las conclusiones alcanzadas en el juicio. El abogado querellante que representa a la familia de la víctima adhirió al pedido de la fiscalía y solicitó que las penas se mantengan.

Tras escuchar a las partes, el Tribunal de Impugnación —integrado por los jueces Richard Trincheri y Federico Sommer y la jueza Florencia Martini— pasó a deliberar. El cuerpo judicial dará a conocer su resolución dentro del plazo legal de diez días.

La audiencia tuvo restricciones en su difusión debido a que el caso involucra a personas que eran menores de edad al momento del hecho, en cumplimiento de lo establecido por la Ley provincial 2302 y la Ley nacional 20.056.

Las condenas fijadas en diciembre

Los dos jóvenes fueron juzgados bajo el régimen de la Ley provincial 2302, ya que tenían 16 y 17 años cuando ocurrió el crimen.

En mayo de 2025 ambos admitieron su responsabilidad como coautores del delito de homicidio en ocasión de robo, previsto en el artículo 165 del Código Penal. Luego, al cumplir la mayoría de edad, el proceso avanzó hacia la etapa de determinación de la pena.

Las condenas fueron dictadas en diciembre por el juez de la Niñez y Adolescencia Dardo Bordón. El magistrado impuso 6 años de prisión efectiva al adolescente que sostuvo a la víctima durante el ataque y 9 años de prisión efectiva al que la apuñaló.

En el caso del joven condenado a 9 años, la pena también incluyó otros dos hechos previos: un hurto con escalamiento en grado de tentativa, cometido el 27 de enero de 2024, y un robo agravado de un vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa, ocurrido el 23 de marzo del mismo año, ambos en la ciudad de Neuquén.