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Declararon culpable al chofer del minibus que provocó la muerte de un empleado de Vialidad cerca Zapala
La Justicia concluyó que el conductor de un minibús circulaba por encima de la velocidad permitida y que tuvo tiempo suficiente para advertir una camioneta detenida sobre la calzada, donde trabajaban tres empleados de Vialidad.
El siniestro ocurrió en noviembre de 2024 sobre la Ruta Nacional 40, al sur de Zapala.
La Justicia de Neuquén declaró penalmente responsable a Leandro Javier Dinamarca por la muerte de un trabajador de la Dirección Provincial de Vialidad y las lesiones sufridas por otros dos empleados durante un siniestro ocurrido sobre la Ruta Nacional 40, al sur de Zapala.
La decisión fue adoptada por un tribunal que analizó las circunstancias del hecho ocurrido el 22 de noviembre de 2024, cuando una camioneta oficial sufrió una falla mecánica y quedó detenida cerca de la banquina. Según se acreditó durante el juicio, tres trabajadores intentaban volver a poner en marcha el vehículo empujándolo sobre la ruta cuando fueron embestidos por un minibús conducido por Dinamarca.
Cómo fue la investigación
Las pericias determinaron que el acusado circulaba a 103 kilómetros por hora en un sector donde la velocidad máxima permitida era de 90. Además, los especialistas concluyeron que la camioneta detenida podía observarse con suficiente anticipación como para realizar una maniobra evasiva o reducir la velocidad, algo que finalmente no ocurrió. Como consecuencia del impacto murió Carlos Catalán, empleado de Vialidad Provincial, mientras que los otros dos trabajadores sufrieron distintas lesiones.
Durante el debate también quedó acreditado que la camioneta se encontraba sobre la calzada sin la señalización preventiva correspondiente. Los jueces consideraron que esa conducta fue imprudente, aunque señalaron que no alcanzaba para eximir de responsabilidad al conductor del minibús, quien contaba con margen suficiente para advertir la situación de riesgo.
No obstante, el tribunal rechazó el agravante de culpa temeraria que había solicitado la fiscalía. Los magistrados entendieron que no existían elementos suficientes para demostrar que el acusado hubiera previsto la posibilidad de provocar un resultado fatal y, aun así, hubiera continuado con su conducta.


