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Impuesto a las Ganancias: cómo será la actualización de los mínimos desde julio de 2026




A partir de julio de 2026 entrará en vigencia una nueva actualización de los parámetros del impuesto a las Ganancias que pagan los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados alcanzados por el tributo. La modificación responderá al mecanismo automático de ajuste semestral previsto por la legislación vigente, que toma como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

La modernización del mecanismo permitirá que numerosos empleados cuyos salarios quedaron cerca del límite durante el primer semestre dejen de sufrir retenciones o vean reducidos los descuentos mensuales.

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La actualización alcanzará al mínimo no imponible, las deducciones personales, las cargas de familia y las escalas progresivas del gravamen.


Impuesto a las Ganancias

Con la entrada en vigencia de los nuevos parámetros desde julio, los empleadores deberán adecuar las liquidaciones de haberes aplicando las deducciones y escalas actualizadas que publique Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), una vez conocido el índice de inflación de junio.

Cuáles serán los nuevos mínimos y cómo funciona la actualización del Impuesto a las Ganancias

La actualización semestral tiene como objetivo evitar que la inflación amplíe artificialmente la cantidad de trabajadores alcanzados por el impuesto.

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Si bien ARCA publicará los valores definitivos en los próximos días, las estimaciones privadas indican que los pisos salariales quedarían aproximadamente de la siguiente manera:

-Trabajador soltero sin hijos: comenzaría a tributar con ingresos netos cercanos a los $2,9 millones mensuales.

– Casado con cónyuge a cargo: el mínimo subiría por encima de los $3,3 millones.

– Casado con dos hijos: el umbral superaría los $3,7 millones mensuales.

La actualización semestral tiene como objetivo evitar que la inflación amplíe artificialmente la cantidad de trabajadores alcanzados por el impuesto a las ganancias.

Para ello, todos los parámetros del régimen se incrementan automáticamente dos veces al año: en enero y en julio. El porcentaje de actualización surge de la inflación acumulada durante el semestre inmediato anterior.

Además del incremento del mínimo no imponible, también se actualizarán: la deducción especial para trabajadores en relación de dependencia, las deducciones por cónyuge o unión convivencial, las deducciones por hijos menores de edad o incapacitados para el trabajo y los importes de la escala progresiva sobre la cual se calcula la alícuota efectiva.

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Impuesto a las ganancias

Los especialistas recuerdan que el cálculo definitivo depende de múltiples variables. Además de la situación familiar, influyen el aguinaldo, los bonos, las horas extras, las deducciones informadas mediante el formulario correspondiente y otros ingresos gravados.

Debido a dicho motivo, dos trabajadores con salarios similares pueden tener retenciones diferentes.

Cómo se calcula el impuesto a las ganancias

El impuesto a las Ganancias no grava la totalidad del salario. Primero se descuentan del ingreso bruto los aportes obligatorios, las deducciones personales y otras deducciones admitidas por la normativa, como alquileres, medicina prepaga, honorarios médicos, donaciones y servicio doméstico, entre otras, cuando correspondan.

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Sobre la ganancia neta sujeta a impuesto se aplica una escala progresiva de alícuotas que va del 5% al 35%. Esto significa que no todo el ingreso tributa al mismo porcentaje, sino que cada tramo paga una tasa diferente, de manera similar al funcionamiento de otros impuestos progresivos en distintos países.

PM cp