Política
La factura electrónica ya es obligatoria para todos

Por Ignacio Soteras (Larrondo, Tonelli & Asoc.)
A través de la Resolución General 5893/2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció la obligatoriedad de la factura electrónica para los últimos sectores que aún conservaban la posibilidad de emitir comprobantes mediante talonarios impresos.
La medida, busca aumentar la transparencia de las operaciones comerciales, optimizar los controles fiscales y reducir los costos operativos del soporte físico tanto para el Estado como para los contribuyentes.
Quienes son y en qué plazos
La reglamentación reordena el universo de contribuyentes y establece un cronograma progresivo de implementación:
•Monotributistas Sociales: A partir del 1° de noviembre de 2026, los contribuyentes adheridos al Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente o inscriptos en el Registro Nacional de Efectores deberán emitir exclusivamente comprobantes electrónicos o utilizar controladores fiscales.
•Sujetos No Alcanzados por el IVA: Aquellos contribuyentes del régimen general que no revisten la condición de inscriptos ni exentos frente al Impuesto al Valor Agregado tendrán tiempo hasta el 1° de marzo de 2027 para adoptar la factura electrónica. Para este grupo en particular, la norma prohibe expresamente el uso de controladores fiscales, obligándolos a operar con el sistema de facturación en línea.
1/11/2026
A partir de esa fecha, los monotributistas sociales estarán obligados a emitir factura electrónica.
•Entidades de Seguros: Para el caso de las compañías aseguradoras reguladas por la Ley 20.091, la norma dispuso una excepción específica para sus operaciones no alcanzadas por IVA, con vigencia inmediata.
Puntos de venta «de oficio»
Conscientes de que el salto a la digitalización puede representar un desafío administrativo para sectores más vulnerables o con menor infraestructura tecnológica, ARCA incorporó una herramienta de asistencia automática.
Si al momento de entrada en vigencia de la obligación un monotributista social o promovido no ha gestionado la habilitación de su punto de venta digital, ARCA lo dará de alta de oficio. Este punto de venta se vinculará al servicio “Comprobantes en Línea” dentro de la web de ARCA y se asociará al domicilio fiscal.
¿Qué pasará con los talonarios de papel?
A partir de las fechas límite, el comprobante en papel perderá su validez. Los talonarios impresos únicamente podrán ser utilizados como mecanismo excepcional de resguardo ante situaciones de contingencia —como cortes prolongados de suministro eléctrico o fallas masivas de internet— y solo hasta la fecha de vencimiento del Código de Autorización de Impresión (CAI) que figure en el documento.
Si bien la medida agiliza los circuitos administrativos y contribuye a la equidad fiscal al reducir las márgenes de informalidad, plantea también un reto operativo de envergadura en las provincias del interior.
La medida agiliza los circuitos, reduce márgenes de informalidad, pero también plantea un reto operativo en localidades alejadas de las grandes urbes o en sectores rurales donde la conectividad a internet continúa siendo inestable.
En localidades alejadas de las grandes urbes o en sectores productivos rurales donde la conectividad a internet continúa siendo inestable, la transición requerirá un esfuerzo adicional por parte de los pequeños productores e instituciones intermedias.
En este contexto, la capacitación temprana, el acompañamiento de los profesionales y el uso adecuado de las herramientas que brinda el organismo serán determinantes para que la informatización sea una oportunidad de integración comercial y no un obstáculo burocrático.







