Política
Los detalles del proyecto para que las personas mayores tengan prioridad en la Justicia

Para su implementación, su impulsor, Luciano Delgado Sempé, propone cambios en el sistema informático, para que los jueces tengan a mano las causas que tienen como protagonistas a la tercera edad. El proyecto es impulsado por el legislador Luciano Delgado Sempé. Foto: NoticiasNet (archivo)
A través de un proyecto de ley, se busca mayor celeridad procesal en expedientes de adultos mayores. La iniciativa legislativa busca resguardar los derechos de esta franja etaria, reduciendo los plazos judiciales.Te puede interesar: Quieren frenar hechos violentos hacia la niñez y adolescencia en el deporteSegún explicó su impulsor, Luciano Delgado Sempé (Vamos con todos), el sistema informático judicial se adaptaría para alertar automáticamente a los magistrados sobre esta condición. La propuesta propone modificar los tiempos genéricos y administrativos. El legislador fundamentó que el paso del tiempo en los litigios judiciales afecta gravemente a quienes se encuentran en la etapa de la tercera edad. Para evitar que la respuesta del Estado llegue tarde, la propuesta estipula un régimen de preferencia para mayores de sesenta años. Además, señaló que la demora en un trámite adquiere “una dimensión cualitativamente distinta” en edades avanzadas. Allí, el tiempo “no representa una mera incomodidad procesal”, sino el riesgo cierto de que la tutela no llegue “en absoluto”.El documento prevé una adecuación del sistema de gestión judicial electrónico provincial, conocido como PUMA. La propuesta incorpora un campo de tildado obligatorio para que los abogados declaren la condición etaria de la parte al iniciar una presentación.Si el proyecto de ley se aprueba, la identificación automática del expediente generaría su tratamiento preferente de forma inmediata. Esto obligaría a los magistrados a resolver las causas con antelación respecto a otros trámites radicados en el mismo juzgado.También se contempla la habilitación de días y horas inhábiles cuando la salud o la subsistencia de la persona mayor se encuentre comprometida. Asimismo, establece sanciones disciplinarias consideradas como falta grave para aquellos profesionales que invoquen esta condición de manera falsa.