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Milei consiguió su mayor triunfo parlamentario con la sanción de la reforma laboral


El Senado convirtió en ley la reforma laboral tras aceptar los cambios de Diputados y eliminar el artículo sobre licencias médicas.

El Senado convirtió en ley la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei, en lo que representa su mayor triunfo legislativo desde el inicio de la gestión. La iniciativa obtuvo 42 votos a favor, 28 en contra y dos abstenciones, al cierre de las sesiones extraordinarias. La Cámara alta avaló sin cambios las modificaciones introducidas previamente por Diputados. De esta manera, el oficialismo logró evitar que el proyecto regresara a la Cámara baja y consolidó una victoria política clave.

Uno de los puntos determinantes fue la eliminación del polémico artículo 44 sobre licencias médicas, que había generado fuertes cuestionamientos sindicales y de la oposición. Ese apartado reducía porcentajes salariales y plazos de cobertura en casos de enfermedad o accidente no laboral, diferenciando si el hecho era o no consecuencia de una actividad voluntaria. Diputados lo suprimió y el Senado ratificó esa decisión, inclinando la balanza a favor del oficialismo. La votación cerró tras más de cuatro horas de debate.

Durante el tratamiento, también se incorporaron cambios para moderar el impacto en aportes compulsivos y se mantuvo el 6% destinado a obras sociales. En paralelo, se suavizó el diseño original del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), pensado para asistir a las empresas en el pago de indemnizaciones. El texto incluyó además el traspaso de la Justicia laboral a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires, como anexo, lo que despertó críticas por el procedimiento parlamentario elegido. Sin embargo, la oposición no logró frenar esa incorporación.

El debate expuso posturas ideológicas contrapuestas. Desde el oficialismo defendieron la reforma como una herramienta para reducir la litigiosidad y fomentar el empleo formal privado, mientras que la oposición denunció un retroceso en derechos laborales. Legisladores peronistas y kirchneristas advirtieron que el nuevo esquema podría vulnerar principios constitucionales y generar mayor conflictividad. En contraste, el bloque libertario sostuvo que el sistema actual promovía la informalidad y obstaculizaba la contratación.

La ley introduce modificaciones sustanciales en convenios colectivos, indemnizaciones, jornada laboral y derecho a huelga. Se establece la prioridad de acuerdos por empresa o región sobre los sectoriales y se elimina la ultraactividad, es decir, la prórroga automática de convenios vencidos. También se redefine el cálculo de indemnizaciones, excluyendo conceptos como aguinaldo y premios extraordinarios, y se habilita el pago en cuotas bajo determinados parámetros. En paralelo, se crea la figura del trabajador de plataforma como prestador independiente y se habilita el banco de horas.

En materia de huelgas, se amplía el listado de servicios esenciales y se fija un funcionamiento mínimo obligatorio del 75%, mientras que los servicios “trascendentales” deberán garantizar el 50%. Asimismo, se lanza un régimen de blanqueo laboral que exime hasta el 70% de deudas previsionales para regularizar trabajadores no registrados y ofrece incentivos para nuevas contrataciones formales. Con este paquete, el Gobierno apuesta a modificar la estructura del mercado laboral argentino. Las consecuencias económicas, sindicales y judiciales comenzarán a medirse en los próximos meses.

Puntos claves de la refroma

  • Convenios colectivos: se establece que los acuerdos firmados a nivel de empresa o región tendrán prioridad sobre los convenios por actividad o rama. Además, se elimina la ultraactividad, por lo que los convenios vencidos dejarán de prorrogarse automáticamente si no se alcanza un nuevo acuerdo.

  • FAL (Fondo de Asistencia Laboral): se crea un fondo para ayudar a las empresas a afrontar el pago de indemnizaciones, financiado con aportes obligatorios mensuales. Las grandes compañías contribuirán con el 1% del salario bruto de cada empleado y las MiPyMEs con el 2,5%, recursos que actualmente se destinan al sistema previsional, lo que podría impactar en su financiamiento.

  • Vacaciones: se permite dividir el período anual en tramos de al menos siete días corridos cada uno. El descanso deberá otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril, salvo acuerdo distinto entre empleador y trabajador. La comunicación deberá realizarse por escrito con un mínimo de 30 días de anticipación, excepto que el convenio colectivo fije otro plazo.

  • Indemnizaciones por despido: se mantiene la base de un sueldo por año trabajado o fracción mayor a tres meses, calculado sobre la mejor remuneración mensual habitual del último año. Se excluyen del cálculo conceptos no mensuales como aguinaldo y premios extraordinarios. Se fijan topes máximos y mínimos, y se habilita el pago en cuotas (hasta 6 para grandes empresas y hasta 12 para MiPyMEs), actualizadas por inflación más un 3% anual. La indemnización pasa a ser la única compensación por despido sin causa y se establece una nueva fórmula de actualización de créditos laborales.

  • Banco de horas: empleador y trabajador podrán pactar por escrito un sistema de compensación de horas extras, respetando un máximo de 12 horas por jornada y 12 horas de descanso. Se podrán alternar jornadas más extensas con otras más reducidas sin superar el límite semanal legal. Los acuerdos pueden incluir banco de horas, pago de extras o francos compensatorios, y también celebrarse con intervención sindical.

  • Trabajadores de plataforma: se incorpora la figura del repartidor independiente y se habilita mayor flexibilidad contractual. La relación se considerará un contrato de prestación de servicios y no un vínculo laboral tradicional.

  • Derecho a huelga: se amplía el listado de actividades consideradas esenciales, que deberán garantizar un 75% de funcionamiento durante medidas de fuerza. Para los servicios “trascendentales” se exigirá una cobertura mínima del 50%. Además, las asambleas en el lugar de trabajo requerirán autorización previa del empleador.

  • Blanqueo laboral: se implementa un régimen para regularizar empleo no registrado con quitas de hasta el 70% en deudas previsionales. A su vez, el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral prevé una reducción del 8% en cargas patronales para quienes incorporen trabajadores al sistema formal.