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Monotributistas: hay nuevas escalas para la recategorización



Cuáles son los montos de facturación que fueron publicados por el ARCA en cada categoría. Hasta cuándo hay tiempo para el trámite.

Los montos de facturación anual a tener en cuenta para cada categoría del monotributo. Foto: archivo

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la recategorización del monotributo hasta el 5 de agosto, inclusive, y oficializó las nuevas escalas del régimen simplificado.

Los contribuyentes deberán considerar los ingresos y demás variables de los últimos 12 meses para determinar si deben cambiar de categoría.

Los nuevos parámetros e importes se actualizaron según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC correspondiente al período enero-junio.

Cómo hacer la recategorización del monotributo

ARCA implementó una modalidad de recategorización simplificada, disponible a través del portal Monotributo o desde la aplicación ARCA Móvil.

Al iniciar el trámite online, el sistema muestra automáticamente la facturación anual registrada. Si el monto es correcto, el contribuyente puede confirmar la categoría correspondiente. Si necesita modificarlo, puede editar el importe de forma manual.

Quiénes pueden acceder a la recategorización simplificada

La opción simplificada está disponible para quienes cuentan únicamente con puntos de venta de facturación electrónica y tienen 12 meses completos dentro del monotributo.

La fecha límite para completar la recategorización es el 5 de agosto. Los nuevos importes mensuales se aplicarán desde el vencimiento del 20 de agosto.  

Qué grupos no deben hacer la recategorización

Los monotributistas no deben realizar el trámite si deben permanecer en la misma categoría porque no se modificaron los parámetros correspondientes.

Tampoco están obligados quienes iniciaron actividades y todavía no cumplieron seis meses calendario dentro del régimen.

Cuándo vencen los nuevos valores del monotributo

El pago mensual del monotributo vence el día 20 de cada mes. Los nuevos importes comenzarán a regir para el vencimiento del 20 de agosto.

Todos los monotributistas deben utilizar medios electrónicos para pagar sus obligaciones. Las opciones disponibles incluyen:

Volante Electrónico de Pago (VEP)

Homebanking

Cajero automático

Tarjeta de crédito

Débito automático en cuenta bancaria

Mercado Pago

Cuáles son las nuevas escalas de facturación del monotributo

Los nuevos montos máximos de facturación anual son:

Categoría A: $12.009.410,45

Categoría B: $17.595.182,74

Categoría C: $24.670.494,31

Categoría D: $30.628.651,43

Categoría E: $36.028.231,33

Categoría F: $45.151.659,41

Categoría G: $53.995.798,87

Categoría H: $81.924.660,37

Categoría I: $91.699.761,90

Categoría J: $105.012.519,20

Categoría K: $126.610.838,75

Cuánto se paga por mes en cada categoría

Los importes mensuales dependen de la categoría y de si la actividad corresponde a servicios o venta de bienes:

Categoría A: $49.527,18 para servicios y bienes

Categoría B: $56.379,08 para servicios y bienes

Categoría C: $66.020,12 para servicios y $64.530,58 para bienes

Categoría D: $84.612,93 para servicios y $82.564,81 para bienes

Categoría E: $119.811,45 para servicios y $108.267,51 para bienes

Categoría F: $150.784,21 para servicios y $129.930,65 para bienes

Categoría G: $230.312,94 para servicios y $158.815,05 para bienes

Categoría H: $522.706,68 para servicios y $317.895,01 para bienes

Categoría I: $963.747,86 para servicios y $474.992,78 para bienes

Categoría J: $1.167.299,76 para servicios y $580.793,69 para bienes

Categoría K: $1.614.446,04 para servicios y $702.103,24 para bienes

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