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No pagaba el alquiler ni devolvía el departamento: la Justicia de Neuquén lo condenó a indemnizar al dueño

El inquilino dejó de pagar y no restituyó el inmueble tras el desalojo. Un juez civil ordenó indemnizar al propietario mes por mes
Un edificio de departamentos en Neuquén. Foto ilustrativa: magnific.com.
Un inquilino que dejó de pagar el alquiler y permaneció en un departamento de Neuquén después de que se diera por terminado el contrato deberá indemnizar al propietario con más de $1 millón por cada mes en que no pudo recuperar el inmueble. Así lo resolvió el juez civil Javier Alarcón, en un fallo que sostuvo que la falta de restitución genera un daño por sí misma, aunque el dueño no demuestre que tenía otro interesado en alquilarlo.
El departamento había sido alquilado como vivienda familiar. El inquilino pagó el depósito y los primeros tres meses de contrato, pero después dejó de abonar los alquileres y acumuló también deudas por el servicio de electricidad. Ante esa situación, el propietario inició distintos reclamos judiciales y pidió el desalojo. La demanda fue notificada el 2 de agosto de 2024, fecha desde la cual —según el fallo— quedó formalizada la decisión de terminar el contrato y nació la obligación de devolver la vivienda.
Qué dijo el juez
“El perjuicio indemnizable no radica en la frustración de una contratación específica sino en la privación misma de la disponibilidad económica del inmueble”, sostuvo Alarcón, quien calificó la situación como un “daño patrimonial cierto y actual”. Para fijar el monto, tomó como referencia el valor de mercado de un departamento de características similares en Neuquén y lo actualizó según la evolución de los alquileres, llegando a la cifra de más de un millón de pesos por cada mes de ocupación indebida, desde agosto de 2024 hasta la actualidad, más intereses.
La condena alcanzó también al hombre que había firmado como fiador solidario y principal pagador del contrato, que deberá responder junto al inquilino por la misma deuda. Según el fallo, la garantía firmada comprendía expresamente los reclamos por desalojo y por daños y perjuicios, y se mantenía vigente mientras el inquilino continuara ocupando la vivienda.