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Obra inconclusa: la Justicia condenó a un constructor a indemnizar por daño moral

El fallo consideró que hubo un incumplimiento esencial del contrato de obra. Además de los arreglos, el juez reconoció una indemnización por daño moral.
Foto ilustrativa.
Un constructor deberá indemnizar a una pareja de Plottier por no cumplir con los plazos pactados para levantar su vivienda y dejar la obra inconclusa y con defectos. La condena abarca los gastos para reparar y terminar la construcción, más una compensación por daño moral.
El contrato fijaba un plazo de cuatro meses y pagos escalonados: un anticipo para el acopio de materiales y desembolsos posteriores según el avance de la obra. Según los demandantes, las tareas avanzaron con lentitud, hubo períodos sin trabajadores y el constructor dejaba de responder salvo cuando pedía nuevos pagos.
Unos 15 meses después del acuerdo original, las partes firmaron un nuevo convenio en el que el responsable de la obra admitió estar en mora y se comprometió a terminar en 13 días. Ante un nuevo incumplimiento, la pareja resolvió el contrato mediante una carta documento.
Qué resolvió el juez
El constructor atribuyó la demora a una supuesta falta de integración del anticipo y a modificaciones pedidas por los propietarios. El juez civil Martín Peliquero descartó esa defensa: los recibos del propio constructor mostraban completado el porcentaje de materiales y no se probó que los dueños hubieran incumplido. Las pericias constataron desniveles, instalaciones de agua y luz sin terminar, problemas cloacales y defectos en el techo, entre otras fallas.
El magistrado concluyó que hubo un incumplimiento esencial y que la resolución del contrato quedó justificada. Rechazó devolver la totalidad de lo pagado —parte de la construcción ya estaba incorporada al inmueble y era corregible— para evitar un enriquecimiento sin causa. Pero reconoció el daño moral: la frustración del proyecto habitacional, señaló, “trasciende el plano meramente económico”.





