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Suspenden al psicólogo Claudio Marín por maltrato infantil

La sanción, dictada el 28 de marzo de 2026, se originó en una denuncia vinculada a su intervención en un conflicto familiar judicializado.
Faltas señaladas por el Tribunal
En el dictamen, el organismo detalló una serie de incumplimientos graves, entre los que se destacan:
•Violación del secreto profesional, al realizar manifestaciones públicas sobre el caso.
•Exposición indebida de un menor, afectando su intimidad y resguardo.
•Intervención fuera de su rol profesional, participando en situaciones ajenas al encuadre terapéutico.
•Realización de filmaciones sin consentimiento de todas las partes.
•Falta de imparcialidad, con conductas que no favorecieron el vínculo entre padre e hijo.
•Uso inapropiado de redes sociales, con opiniones sobre el caso y sus protagonistas.
•Contradicciones en su defensa, al negar hechos que luego fueron reconocidos.
El Tribunal concluyó que estas acciones resultan “incompatibles con el correcto ejercicio de la profesión”.
Reincidencia como agravante
Uno de los puntos clave del fallo es que el psicólogo ya contaba con antecedentes disciplinarios previos por hechos similares, lo que fue considerado un agravante al momento de definir la sanción.
Según el propio dictamen, existen sanciones anteriores aplicadas por el mismo Colegio, lo que evidencia una reiteración de conductas contrarias a la ética profesional.
La sanción
A partir de estos elementos, el Tribunal resolvió la suspensión de la matrícula por tres años, lo que le impide ejercer la profesión durante ese período.