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Un municipio de Neuquén usó una cuenta de Mercado Pago para cobrar estacionamiento: qué dijo la Justicia

La cuenta registró cerca de 50.000 operaciones en un período de dos años y tres meses desde su apertura, en junio de 2024.
Foto MPF.
El Ministerio Público Fiscal (MPF) resolvió desestimar una denuncia presentada contra el municipio de San Martín de los Andes por el uso de una cuenta de Mercado Pago para el cobro del estacionamiento medido en la ciudad.
La decisión fue adoptada por el fiscal jefe Gastón Ávila, quien concluyó que los hechos denunciados no constituyen delito penal. La presentación había sido realizada el 20 de enero de este año por el contralor municipal, Jorge Alberto Fernández.
El planteo del funcionario apuntaba a la creación y administración de una cuenta de Mercado Pago a nombre del municipio que, según señaló, operaba por fuera de los circuitos formales de tesorería y contabilidad. En ese marco, mencionó la posible comisión de los delitos de administración fraudulenta, malversación de caudales públicos e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
A partir de la denuncia, el MPF inició una investigación para determinar si existía algún delito. Entre las medidas dispuestas, se requirió información al área legal de Mercado Pago, se entrevistó a funcionarios municipales y se solicitaron datos formales a la comuna.
La investigación
La investigación permitió establecer que la cuenta registró cerca de 50.000 operaciones en un período de dos años y tres meses desde su apertura, en junio de 2024. Durante ese tiempo se realizaron dos transferencias hacia la cuenta oficial del municipio en el Banco Provincia del Neuquén: una en diciembre de 2025 por $78.811.842,67 y otra en enero de 2026 por $12.724.672,01, lo que totalizó $91.536.514,68. Al 21 de enero de 2026, fecha en que Mercado Libre respondió el requerimiento judicial, el saldo de la cuenta era de $25.135.014,50.
Durante la investigación fueron entrevistadas la contadora, la tesorera y el entonces secretario de Economía y Hacienda del municipio. Además, a partir de documentación enviada por la intendencia, se comprobó que la apertura de la cuenta fue autorizada mediante el Decreto 386/24, firmado por el intendente, que habilitó el uso de plataformas de pago electrónico para el cobro del estacionamiento medido.
Tras analizar la evidencia reunida, el fiscal jefe concluyó que “ni un solo centavo ha sido desviado de las arcas del municipio hacia terceros o en provecho de algún funcionario”, por lo que descartó las figuras de peculado y malversación de fondos. Según el dictamen, el dinero recaudado permaneció dentro de la órbita de administración del municipio.
En relación con el planteo del contralor sobre un presunto perjuicio económico por no haber invertido los fondos para generar intereses, Ávila sostuvo que esa decisión no configura una maniobra defraudatoria. Argumentó que, en el ámbito de la administración pública, rige un criterio de prudencia que prioriza la preservación del capital y la disponibilidad inmediata por sobre la obtención de rentabilidad financiera.
Demoras en las respuestas
El fiscal también analizó la demora del área de Hacienda en responder pedidos de información realizados por la contraloría. Si bien se constató un retraso, concluyó que no constituye un delito penal de omisión dolosa. En ese sentido, indicó que el organismo de control cuenta con herramientas administrativas para aplicar eventuales sanciones.
En su resolución, Ávila recomendó que en el futuro los pedidos de información entre las áreas municipales sean respondidos en tiempo y forma para evitar conflictos institucionales.
Por estos motivos, el fiscal jefe dispuso la desestimación de la denuncia conforme al artículo 131 inciso 1 del Código Procesal Penal de Neuquén, que establece que corresponde archivar las actuaciones cuando el hecho investigado no constituye delito.
El contralor municipal fue notificado de la resolución y tiene un plazo de cinco días para solicitar la revisión de la decisión ante un juez de garantías.