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Le suspenden licencia, teléfono y monotributo por no pagar la cuota alimentaria

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La Justicia avanzó con medidas restrictivas contra un hombre que incumple desde hace más de una década. La demanda fue impulsada por su hijo para poder iniciar estudios universitarios.

Foto genérica.

La Justicia de Familia de Río Negro dispuso una serie de sanciones contra un hombre por incumplir con el pago de la cuota alimentaria durante más de diez años. Entre las medidas, ordenó la suspensión de su licencia de conducir, la baja de líneas telefónicas a su nombre y la cancelación de su inscripción en el monotributo.

El caso se inició en agosto de 2024 a partir de una demanda presentada por su hijo adolescente, con representación de la defensa pública. En la presentación, el joven señaló que desde la separación de sus padres —cuando tenía cuatro años— el progenitor nunca cumplió con sus obligaciones, por lo que su crianza y sostenimiento quedaron a cargo exclusivo de su madre.

Según consta en el expediente, el adolescente cursaba el último año del secundario, realizaba actividades deportivas y recibía atención psicológica. Además, planteó la necesidad de acceder a una obra social y expresó su intención de iniciar un profesorado en Educación Física, objetivo que no pudo concretar por falta de recursos.

Tras una instancia de mediación a la que el demandado no asistió, se avanzó con la demanda judicial. El hombre respondió negando su capacidad de pago y argumentó problemas de salud que le impedirían trabajar, aunque no presentó documentación médica que lo acreditara. También indicó que es sostenido económicamente por su pareja.

Sin embargo, durante la investigación se incorporaron testimonios que señalaron que el imputado posee un comercio propio, varios vehículos y un terreno en el parque industrial de Cipolletti. Además, registros de ARCA (ex AFIP) confirmaron que se encontraba inscripto como monotributista en categoría A.

En julio de 2025, la jueza de Familia hizo lugar a la demanda y fijó una cuota alimentaria equivalente al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil, además del pago de la deuda acumulada y las costas del proceso. Pese a las intimaciones posteriores, el hombre continuó sin cumplir.

Ante ese escenario, el tribunal ordenó nuevas medidas: suspensión de servicios de telefonía, inhabilitación para conducir, inscripción en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios y prohibición de salida del país. En febrero de este año, la defensa del joven solicitó profundizar las restricciones.

Finalmente, la jueza resolvió también el bloqueo del CUIT y la baja del monotributo, con intervención de ARCA. En su resolución, recordó que la obligación alimentaria se extiende hasta los 21 años, salvo que el hijo cuente con recursos propios, y subrayó la necesidad de garantizar el cumplimiento efectivo de ese deber legal.

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