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Centenario: mató a su hermano en Navidad, lo condenaron, pero no irá preso

Ocurrió en 2024, en el marco de una reunión familiar. El caso se encuadró como homicidio con exceso de legítima defensa.
Un hombre fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por el homicidio de su hermano, en un hecho ocurrido durante la madrugada de Navidad en la ciudad de Centenario. La resolución se adoptó a partir de un acuerdo de procedimiento abreviado entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa, que encuadró el caso como homicidio con exceso en la legítima defensa.La condena recayó sobre Daniel Villablanca por la muerte de Ernesto Omar Canales. Ambos eran hermanos.El hechoSegún la investigación del Ministerio Público Fiscal, el episodio ocurrió el 25 de diciembre de 2024, en una vivienda del barrio Alto de Centenario, en el marco de una reunión familiar por los festejos de Navidad.De acuerdo con la acusación, tras una discusión entre los hermanos, Villablanca se dirigió a su habitación. La víctima fue hasta ese lugar y, según testigos, portaba un arma. Posteriormente ambos salieron a la vía pública, donde el imputado efectuó un disparo con un arma de fuego que provocó la muerte de Canales.El fiscal del caso, Andrés Azar, explicó que en el marco del acuerdo se reconoció la existencia de una agresión ilegítima previa, pero que la respuesta defensiva del imputado excedió los límites de necesidad y proporcionalidad exigidos por la ley.Ese encuadre permitió modificar la imputación original y aplicar la figura de homicidio con exceso en la legítima defensa, una modalidad atenuada que mantiene la intencionalidad del autor, pero reduce la responsabilidad penal y la sanción.Juicio abreviado y acuerdo familiarEl acuerdo fue homologado por el juez de garantías Juan Manuel Kees, quien avaló la calificación legal y la pena pactada.Villablanca fue condenado a tres años de prisión condicional y deberá cumplir reglas de conducta durante el plazo que establezca la Justicia.Un aspecto destacado del caso fue el acompañamiento de los familiares de ambas partes —incluida la madre de los dos hermanos— al acuerdo alcanzado y a la resolución del conflicto mediante juicio abreviado.Con esta sentencia, la causa quedó cerrada en el ámbito penal, bajo una figura que reconoce el contexto de agresión previa, pero establece que la reacción superó los límites permitidos por el derecho de defensa.