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Cipolletti: condenaron a 25 años de prisión a un hombre por abusar y filmar a niños



El condenado admitió su culpa por abuso, producción y distribución de material de abuso sexual infantil. La pena ya se está cumpliendo.

Foto LM Cipolletti.

Un tribunal colegiado de Cipolletti condenó a 25 años de prisión efectiva a un hombre de 37 años por los delitos de abuso sexual, producción, distribución y tenencia de material de abuso sexual infantil. La sentencia se conoció este lunes en una audiencia realizada en el Foro Penal de Cipolletti, luego de que la fiscal Rocío Guiñazú propusiera cerrar la causa mediante un juicio abreviado, con la conformidad de la defensora oficial Silvana Ayenao y la participación de la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes, a cargo de Alicia Merino, en representación de las víctimas.

El condenado admitió su responsabilidad en los cargos que le atribuyó la Fiscalía: haber atraído a niños y adolescentes a su vivienda, donde les suministraba un sedante que les provocaba la pérdida del conocimiento para luego abusar de ellos. Según la acusación, además filmaba esos episodios y distribuía el material entre al menos dos personas, una de las cuales también está imputada.

Cómo avanzó la investigación

El proceso se inició con una pesquisa de la Fiscalía de Cipolletti que permitió identificar al acusado. En julio de 2025 se le formularon cargos y se dispuso su prisión preventiva, medida que se extendió un año después al detectarse nuevas víctimas. Durante la investigación, el Ministerio Público Fiscal realizó entrevistas con allegados, Cámaras Gesell a las víctimas identificadas y peritajes sobre dispositivos secuestrados, con acompañamiento de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI). En abril de 2026, la Fiscalía imputó además a un segundo hombre por tenencia del material y encubrimiento, que también cumple prisión preventiva.

La pena comenzó a ejecutarse de inmediato tras el acuerdo entre las partes y la renuncia a los plazos de apelación. El tribunal —integrado por los jueces Julio Sueldo y Marcelo Gómez y la jueza María Florencia Caruso Martín— dispuso además que el condenado asuma los costos del proceso. Según indicó la Fiscalía, el artículo 56 bis de la Ley 24.660 impide que las personas condenadas por este tipo de delitos accedan a salidas transitorias, semilibertad u otros beneficios del período de prueba.

Las leyes nacionales 20.056 y 26.061 prohíben difundir datos que permitan identificar, directa o indirectamente, a los niños, niñas y adolescentes involucrados en la causa.

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