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Fuerte crítica a un fallo judicial en Neuquén que deja a una madre “más sola que nunca”

La abogada Soledad Crespín apuntó a la Cámara de Apelaciones en el fuero familiar que contrarió lo dictado por un juez de primera instancia. La historia de una madre sola.
La especialista abogó por una aplicación de la perspectiva de género en el ámbito judicial, especialemente en el fuero de Familia. Foto: captura de video
Tras uno de los fallos más destacados del año pasado por parte de un juez de Familia donde hizo lugar a la demanda de una madre que crió sola a su hija durante 14 años, en las últimas horas se conoció un dictamen contrario por parte de la Cámara de Apelaciones de ese fuero neuquino.
En declaraciones a AM Cumbre 1400, la abogada Soledad Crespín analizó ambos fallos, la aplicación de la perspectiva de género, la obligación de crianza por parte de los progenitores y la necesidad de una justicia interdisciplinaria que elimine las desigualdades y aplique criterios legales tanto de las mujeres como de las infancias.
Una madre que queda “más sola que nunca”
Alerta Digital mantuvo un diálogo con la mujer que crió durante 14 años a su hija, sola y sin apoyo económico por parte del progenitor, en una relación adolescente cuando ella tenía 17 años.
Tal como se incluyó en el expediente que formó parte de la sentencia del juez de primera instancia, la madre fue presionada por la familia paterna para abortar el embarazo, llegó a recibir amenazas y finalmente decidió tener a su hija, en absoluta soledad y sin ningún tipo de contención por parte del padre.
Tras nacer en 2011, fue necesaria una demostración de paternidad a la que hizo lugar la justicia donde la filiación biológica a través de una prueba de ADN resultó con un 99,99 por ciento quedó confirmada.
La crianza de la hoy adolescente estuvo a cargo de la madre que se sintió respaldada por la sentencia del juez de primera instancia y por la defensoría del Niño, Niña y Adolescentes de Neuquén. El magistrado, en un fallo que acentuó en precedente en la justicia neuquina con perspectiva de género, aplicó una cuota alimentaria mensual a pagar por parte del padre de 600 mil pesos por mes, con actualización trimestral por IPC y además ordenó el pago de las obligaciones alimentarias adeudados desde 2022, más intereses.
Pero ese fallo fue apelado por el padre y en las últimas horas se conoció que de aquél dictamen ejemplar, quedó poco y nada. Solo una madre que se siente “más sola que nunca”, que está obligada por la situación económica personal a tener “dos trabajos y medio” y que en caso de buscar una nueva respuesta ante el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén, deberá abonar una suma que no posee.
La crítica de una abogada
La abogada, en declaraciones al programa Avión sin nafta, conducido por Patto Martens, Julián Lopardo y Valentina Pino, recordó en principio que los padres no ayudan a las madres a criar a sus hijos sino que cumplen con una obligación de crianza en conjunto.
En este sentido, valoró el fallo del juez en primera instancia, aunque aclaró que “la falta de aplicación de una perspectiva de género en el fuero familiar de la provincia del Neuquén se ve mucho más que en otros ámbitos, especialmente en algunos juzgados y en los fallos de la Cámara de Apelaciones”.
En este sentido, sostuvo que el progenitor de la adolescente apeló ese fallo ante la Cámara “que hizo lugar parcialmente a ese pedido y redujo la cuota alimentaria a la mitad, donde no se aplicó la perspectiva de género respecto de la crianza durante 14 años de una hija, sino un cálculo económico”.
La madre apelará y además de los considerandos del primer fallo, también resaltará que en el expediente existe un aval de la Defensoría de derechos de niños, niñas y adolescentes que aboga por hacer lugar a toda la demanda como lo hizo el juez de primera instancia, sostuvo Crespín. “Son dos miradas con perspectiva de género y de niñeces”, aseguró la abogada.
La letrada señaló que en general lo que realizó la Cámara de Apelaciones fue “una evaluación en términos económicos”, donde no se tiene acreditado el ingreso del padre y evalúa que si la cuota alimentaria es de un monto determinado, debe compartirse con la madre, por lo que baja a la mitad la obligación económica del progenitor.
Agregó que el fallo “si bien menciona las tareas de cuidado como lo hace el juez de primera instancia, no le asigna el valor económico ante la ausencia absoluta del progenitor en la vida de la hija”.
Tras enumerar otras consideraciones, que se pueden conocer en el video adjunto a esta nota, la profesional abogó por una abogacía interdisciplinaria que aplique la perspectiva de género en las demandas judiciales.